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Convocatoria de Ayudas

 

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA
REALIZACIÓN DE PROYECTOS EMPRESARIALES
 

 

OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

 

El objeto de esta convocatoria es regular el procedimiento de concesión de ayudas para los  colectivos del medio rural de castilla la mancha que vayan a promover nuevas ideas empresariales con cierta precariedad de recursos financieros, experienciales o formativos, encaminados a fomentar la integración social y laboral de personas con especiales dificultades de inserción en nuestro territorio.

 

Estas ayudas nacen para promover nuevas actitudes empresariales entre los colectivos desfavorecidos y de promover la creación de puestos de trabajo para los mismos.

 

CONTENIDO DE LOS PROYECTOS:

 

Las solicitudes para las ayudas recogidas en esta convocatoria irán acompañadas del proyecto empresarial  que quieren potenciar con estos recursos, incluyendo un plan de empresa, siguiendo el modelo del Anexo 4. Estos programas y actividades, habrán de tener por destinatarios a colectivos desfavorecidos que vivan o desarrollen la citada actividad empresarial en cualquiera de los municipios pertenecientes al “Territorio ACTIVA” según la relación de municipios que aparece en el Anexo 1 de la presente convocatoria.
 
Las actuaciones subvencionadas mediante esta convocatoria estarán sujetas en todo caso a un proceso de seguimiento, evaluación e inspección por parte de la AD ACTIVA.
 

PLAZOS DE EJECUCIÓN:

 

1.      Los gastos y justificaciones de esta subvención corresponderán a proyectos desarrollados a partir de la fecha de solicitud del proyecto empresarial.
 
2.      El plazo de ejecución del proyecto empresarial no podrá superar los nueve meses desde de la fecha de aprobación del proyecto, con el límite del 31 de Diciembre de 2007.
 
3.      El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
 

CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDAS:

 

Se considerarán subvencionables al amparo de la presente convocatoria los siguientes conceptos:

 

1.      Asesoramiento y acompañamiento para la puesta en marcha del proyecto empresarial, durante los seis primeros meses del mismo, con el máximo del 100% del coste subvencionable

2.      Financiación del proyecto de empresa y plan de viabilidad del proyecto con un máximo de 1.500 euros.

3.      Gastos de formación específica necesaria para la puesta en marcha del proyecto empresarial, con el máximo del 100% del coste subvencionable

4.      Formación para la contratación, a  medida de la empresa, con el máximo del 100% de los costes subvencionables. Dicha contratación deberá suponer un incremento neto del número de trabajadores en comparación con la media de los 12 últimos meses anteriores. El empleo creado deberá mantenerse durante un mínimo de 2 años.

5.      Formación en la empresa, con el máximo del 100% de los costes subvencionables.

6.      Formación para la participación en un proyecto empresarial o de creación de empleo, con el máximo del 100% de los costes subvencionables.

7.      Ayudas directas: Becas por asistencia durante su fase de formación o periodo de prácticas.

8.      Becas salario-Salario de inserción: 100% de las Costes salariales durante un año como máximo, para el fomento de nuevas oportunidades de negocio empresarial. El empleo creado deberá mantenerse durante un mínimo de 2 años.

9.      Gastos de estancia y desplazamientos en empresas o entidades que puedan servir de referente a futuros proyectos empresariales o a modernización de los ya existentes, dependiendo siempre de la naturaleza de la actividad en cada caso. El periodo mínimo será de un día y el máximo de una semana, pudiendo disfrutar de la ayuda un máximo de dos personas por proyecto. El importe de la ayuda sería como máximo del 100% del coste subvencionable, estableciéndose la base del cálculo con las dietas y partes de kilometraje aprobados por ACTIVA.

10.  Se subvencionarán, en su caso, los gastos que genere la colaboración de la empresa o entidad de referencia. El importe de la ayuda sería como máximo del 100% del coste subvencionable.

11.  Gastos de viajes y dietas: Será becado el desplazamiento a aquellas personas que necesiten desplazarse para realizar esta formación, con un máximo del 100% del coste subvencionable. La modalidad de la beca consistirá en la más ventajosa para ACTIVA de una de las tres siguientes modalidades

                                                                        i.      Pago de kilometraje a 0,19 euros, a aquellas personas que utilicen su vehículo particular para poder asistir al lugar donde se realice esta formación.

                                                                       ii.      Pago de ticket de medio de locomoción, previa justificación de dicho pago.

                                                                     iii.      Puesta a disposición de un vehículo colectivo en el caso de que haya número suficiente de personas beneficiarias o sea inaccesible otro medio de locomoción o sea éste más ventajoso.

 

Para la justificación de dietas por alojamiento o manutención, se presentarán las correspondientes facturas, con el límite establecido para estos conceptos en la Administración General del Estado establecido para el Grupo 2.

 

12.  Ayudas directas a la inversión: Se realizarán en colaboración con otros programas del territorio: I.C. LEADER + y PRODER.

 

BENEFICIARIOS:

 

Podrán optar a ser beneficiarios de las subvenciones que se concedan por medio de esta convocatoria, los colectivos desfavorecidos que vayan a desarrollar una actividad empresarial o profesional, las empresas y organismos, asociaciones e instituciones que realicen acciones que repercutan en la creación o mejora en el empleo de estos colectivos.
 
Los requisitos que deben cumplir  serán los siguientes:
 
a)      No haber iniciado el proyecto o llevado a cabo la actuación antes de la fecha de presentación de la solicitud.
b)      El proyecto deberá mantenerse operativo por un periodo mínimo de  cinco años.
c)      En el caso de financiación del proyecto de empresa y plan de viabilidad, si en el plazo máximo para su finalización no se ha iniciado la actividad, los derechos y uso del proyecto de empresa y plan de viabilidad quedaran a disposición de ACTIVA a través de una bolsa que se creará a dichos efectos.
d)      En concurrencia con otras ayudas la subvención obtenida no podrá ser superior al coste subvencionable.
e)      La actividad empresarial o profesional se realizará dentro del territorio ACTIVA. (Ver Anexo 1)
f)        Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos.

 

 

PROCESO DE SOLICITUD:

 

Los interesados deberán presentar sus solicitudes según el modelo incluido en el Anexo 2, que podrán recoger en el grupo de acción local PRODESE y ponerse en contacto con la técnico ACTIVA Raquel Cuesta Sotos.

 

Se deberá incluir a dicha solicitud un presupuesto detallado de la actividad a subvencionar.

 

Si la documentación presentada fuera incompleta o defectuosa, se concederá un plazo de 15 días hábiles para subsanar dichos defectos.

 

 

PARA MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA, PLAZOS, JUSTIFICACIONES, MODELO DE SOLICITUD, ETC, PUEDEN PONERSE EN CONTACTO CON:

 

Raquel Cuesta Sotos
Técnica EQUAL Activa
C/ Las Torres, 22 Bajo
16001 Cuenca
Telf. y Fax 969232767
raquel.cedercam@cedercam.org

 

 
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